Concejo Municipal de Puno aprueba sanciones para el transporte informal


regidor Efraín Colca Borda
regidor Efraín Colca Borda

Conductores informales de transporte público deberán pagar una multa equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) tras la modificación de la Ordenanza Municipal

En la última sesión ordinaria del Concejo Municipal de Puno, se aprobó la modificación de la Ordenanza Municipal N° 084-2021-C/MPP, con la finalidad de actualizar el Código PI-2 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y reforzar el control sobre el transporte público informal. La nueva disposición establece que quienes presten el servicio sin autorización deberán pagar una multa equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), sin posibilidad de descuentos o beneficios, informó el regidor Efraín Colca Borda.

Explicó que esta medida busca adecuar el marco sancionador a la realidad del transporte en la provincia, donde persiste la prestación de servicios sin la debida autorización municipal. Señaló que la iniciativa actualizada de la infracción indica que constituye falta prestar el servicio de transporte público de personas, en cualquiera de sus modalidades, sin haber obtenido la autorización o habilitación emitida por la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial.

De igual manera, manifestó que la ordenanza, sustentada en la Ley N° 27444 y en el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, entrará en vigencia tras su publicación oficial. Con ello, se busca garantizar el cumplimiento de las normas y promover un servicio de transporte formal y regulado en la provincia de Puno.