La Ley 32551 modifica la Ley Universitaria y permite que catedráticos incorporados entre 1983 y 2014 continúen en la carrera docente sin grados académicos, además de ampliar plazos hasta 2026.
El Congreso de la República promulgó este viernes 9 de enero la Ley 32551, que modifica la Ley Universitaria y vuelve opcional el requisito de contar con maestría o doctorado para los docentes que ingresaron a la carrera universitaria bajo la antigua norma, vigente entre 1983 y 2014. La ley fue aprobada por insistencia y lleva las firmas del presidente y vicepresidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi y Waldemar Cerrón, respectivamente.
La norma dispone que estos catedráticos podrán seguir dictando clases universitarias sin necesidad de obtener grados académicos, pese a que la Ley Universitaria actual exige el grado de Maestro para pregrado y el de Doctor para programas de doctorado. Además, exonera a estos docentes del requisito de maestría o doctorado para ser promovidos en la carrera docente, aun cuando esta se rige por principios meritocráticos. Asimismo, amplía hasta diciembre de 2026 el plazo para que los docentes que ingresaron con la ley vigente cumplan con dichos requisitos.
Cabe recordar que la Ley Universitaria fue promulgada en 2014 y otorgó un plazo inicial de cinco años para que los docentes se adecuen a los nuevos estándares académicos, plazo que el Tribunal Constitucional fijó desde noviembre de 2015. Desde entonces, el Congreso ha aprobado sucesivas prórrogas: en 2020, 2021 y 2023, extendiendo el plazo hasta diciembre de 2025, antes de la reciente modificación que flexibiliza de forma permanente los requisitos para un grupo de catedráticos.