Pedro Castillo, anunció que presentará un proyecto de ley para eliminar la inmunidad a altos funcionarios del Estado
El abogado del presidente Pedro Castillo, anunció que solicitará a la Fiscalía la nulidad de investigación preliminar en contra de su patrocinado, por su parte el mandatario anunció que presentará un proyecto de ley para que se elimine la inmunidad a todos los altos funcionarios del Estado, a fin de favorecer la transparencia.
“Se va a presentar un proyecto de ley para que se elimine la inmunidad para todos los altos funcionarios del Estado. ¿Quieren transparencia e investigación?, entonces hay que someternos todos, el Poder Legislativo, Ejecutivo, el Poder Judicial, el Ministerio Público, para transparentar al país y trabajar de la mano”, dijo el presidente Castillo.
Al respecto Onda Azul preguntó a sus oyentes ¿debe quitarse la inmunidad al presidente de la República, congresistas, Poder Judicial y Ministerio Público? La mayoría de oyentes manifestó que sí se debe quitar la inmunidad a los altos funcionarios debido a que muchos de ellos se escudan en la protección constitucional y no son investigados por delitos penales.
“Sí, debería eliminarse la inmunidad porque muchos se han aprovechado de él. Se debe anular la inmunidad para evitar más corrupción y Castillo debe ser investigado. Se debe quitar la inmunidad a todas las autoridades del país, se aprovechan de ello para robar”, opinaron nuestros oyentes.
En situación contraria, un mínimo número de oyentes manifestaron que, si se les quita la inmunidad podría generar una desestabilidad política en el país. Es decir, el presidente, congresistas, fiscales y jueces supremos podrían ser perseguidos políticos.
Cabe precisar que en el artículo 99 de la Constitución Política del Perú, da cuenta de altos funcionarios que gozan de una protección legal y no pueden ser investigados de presuntos delitos.
En caso de su gravedad, corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los representantes al Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los vocales de la Corte Suprema; a los fiscales supremos; al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta 5 años después de que hayan cesado en éstas.