La denuncia constitucional presentada por Jorge Montoya, pide la suspensión e inhabilitación de los siete magistrados de la JNJ por 10 años.
Este jueves 7 de marzo, el Congreso de la República viene debatiendo la continuidad de magistrados de la Junta Nacional de Justicia, ello por la denuncia constitucional iniciada por el congresista Jorge Montoya, cuya demanda pide la suspensión e inhabilitación de los siete magistrados de la JNJ. Por su parte, la institución encargada de nombrar, sancionar y destituir a jueces y fiscales presentó una nueva acción de amparo ante el Poder Judicial para suspender la votación, que es expuesto hoy por Lady Camones, en su calidad de presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC).
Debemos informar que, en la sesión plenaria, los siete magistrados involucrados en la demanda tienen derecho de acudir solos o junto a sus abogados para ejercer su defensa. En la última sesión del lunes 27, solo intervinieron Antonio de la Haza (presidente de la JNJ) y Aldo Vásquez Ríos (vicepresidente), además de los letrados acreditados Samuel Abad y Omar Cairo.
¿Cuántos votos se necesitan?
En cuanto a los votos necesarios para la aprobación del informe final, respecto a la inhabilitación por 10 años para el ejercicio de la función pública, de acuerdo con el artículo 89 del reglamento del Congreso, se establece que este se podría aprobar con 66: “El acuerdo aprobatorio de sanción de suspensión, inhabilitación o destitución por infracción constitucional, en un juicio político previsto en el primer párrafo del artículo 100 de la Constitución, se adopta con la votación favorable de los 2/3 del número de miembros del Congreso, sin participación de la Comisión Permanente”, indica el reglamento.
Mientras que, para la aprobación de la acusación constitucional, el reglamento indica que, se “requiere la votación favorable de la mitad más uno del número de miembros del Congreso, sin participación de los miembros de la Comisión Permanente”. Es decir, se necesitarían 51 votos.
Debemos resaltar que, la Comisión Permanente está conformada por 30 congresistas, estos no pueden votar en el Pleno del Congreso, por lo que solo 100 legisladores se encuentran habilitados para ejercer su voto.
En esta, cada caso se votó por separado, pero en el Pleno solo se hará de esta forma si existe un pedido expreso para ello: “Si un congresista solicitara, como consecuencia de la pluralidad de denunciados, que una acusación sea votada por separado, el presidente accederá a su petición, sin debate”, especifica el reglamento.
Fuente: La República