Universidad Nacional del Altiplano es multada pese a contar con autorización del ANA


Universidad del Altiplano si tenia autorización del ANA
Universidad del Altiplano si tenia autorización del ANA

Municipalidad de Puno sanciona a la casa de estudios por incumplir normas urbanas y ocupar zona no urbanizable; se cuestiona validez de permisos otorgados por la Autoridad Nacional del Agua.

Según la Resolución Directoral N° 0517-2024 de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), emitida el 09 de septiembre del 2024, la Universidad Nacional del Altiplano fue autorizada para cercar con materiales de calamina y rollizos los hitos 20, 21 y 22, ubicados al frontis de la ciudad universitaria, en la primera cuadra de la avenida Sesquicentenario de la ciudad de Puno.

En la mencionada resolución también se indica que en dichos espacios deberían custodiarse materiales y agregados por un periodo de dos años calendario para el proyecto de construcción de un complejo deportivo universitario. Al respecto, el gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Puno, Franklin Mestas, en respuesta al documento, dijo que la Autoridad Nacional del Agua no tenía la potestad de otorgar la autorización en una zona no urbanizable. Según indicó, está fijado en el Plan de Desarrollo Urbano aprobado en el año 2012.

Aclaró que, según sus competencias, el ANA únicamente emite autorizaciones para la zona lago. “El espacio que cercó la universidad es una zona no urbanizable, y las autorizaciones las otorga la municipalidad, según el Plan de Desarrollo Urbano”, indicó.

Asimismo, dijo que, al margen de la autorización del ANA, la universidad debió solicitar el cambio de uso de suelo de no urbanizable a urbanizable, además de requerir la autorización para el cercado provisional. “En base a ello nosotros hemos notificado”, indicó.

También mencionó que la Universidad Nacional del Altiplano ha sido sancionada por la misma Autoridad Nacional del Agua, según la Resolución Directoral N° 0025-2025-ANA-AAA.TIT. Deberá pagar una multa por un monto equivalente a 4.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por ocupar el cauce de agua sin la autorización correspondiente y ocupar sin autorización fajas marginales. Ante esta situación, piden iniciar las investigaciones sobre las autorizaciones que otorga la Autoridad Nacional del Agua, según lo indicó el subgerente de Catastro de la Municipalidad Provincial de Puno.