Director del ANA, Ronald Alcos, precisó que solo se permitió el acopio de materiales y no la edificación de infraestructura en un área considerada de dominio público hidráulico. Universidad enfrenta proceso sancionador.
En entrevista exclusiva con Radio Onda Azul, el ingeniero Ronald Isidro Alcos Pacheco, director de la Autoridad Administrativa del Agua del Lago Titicaca (ANA), brindó importantes precisiones sobre el uso y regulación de la faja marginal, un espacio de dominio público que bordea cuerpos de agua como ríos, lagunas y el Lago Titicaca. El tema ha cobrado relevancia regional debido al reciente caso del complejo deportivo de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno (UNA Puno).
Uno de los puntos más controvertidos ha sido la construcción del mencionado complejo dentro de un área considerada como faja marginal. Al respecto, el director de la ANA fue enfático en señalar que la autorización otorgada a la universidad fue solo para ocupación temporal, con fines específicos y limitados.
“Se trató de una ocupación temporal, no una autorización para edificar. Por eso, al detectarse un incumplimiento, se inició un procedimiento administrativo sancionador contra la universidad, que fue debidamente notificada”, sostuvo.
La autorización en cuestión permitía el acopio de materiales de construcción (arena y agregados) por un período de dos años, entre octubre de 2023 y octubre de 2025, según lo establecido en la Resolución Jefatural N.º 332-2016. No contemplaba, bajo ningún supuesto, la edificación de infraestructura permanente.
Alcos, también explicó que la faja marginal es un área considerada como dominio público hidráulico, definida por la Ley de Recursos Hídricos como inalienable, imprescriptible e inembargable. Por lo tanto, no puede ser objeto de propiedad privada ni utilizada para asentamientos humanos o edificaciones que afecten el equilibrio del ecosistema hídrico.
“No existe propiedad privada sobre la faja marginal. Este espacio tiene como objetivo proteger los recursos hídricos y permitir su vigilancia y mantenimiento”, remarcó el funcionario.
En cuanto a las recurrentes controversias por competencias entre el ANA y los gobiernos locales, Alcos precisó que la autoridad del agua tiene facultades exclusivas para delimitar y regular el uso de la faja marginal, sin interferir en temas de zonificación urbana, que siguen siendo competencia de las municipalidades.
“Así como el Ministerio de Cultura ha restringido algunas funciones municipales en zonas arqueológicas, el ANA actúa bajo marco legal para proteger el patrimonio hídrico del país”, explicó.
Finalmente, el director de la Autoridad Administrativa del Agua del Lago Titicaca hizo un llamado a la coordinación interinstitucional y a la actualización de los registros de propiedad, a fin de evitar conflictos legales que pongan en riesgo la sostenibilidad ambiental de los ecosistemas acuáticos del altiplano.