¡Alerta! Abuso sexual a menores de 14 años puede ser sancionado con hasta 35 años de prisión


abogado Rafael Colque Fernández
abogado Rafael Colque Fernández

Expertos en derecho explican las sanciones graves que contempla el Código Penal frente a este delito

En el programa “Estudio Jurídico” de Onda Azul, se abordó el delito de abuso sexual en menores de edad, donde el abogado Rafael Colque Fernández explicó que, en menores de 14 años, se tipifica en el artículo 173 del Código Penal, configurándose como indemnidad sexual.

“Este delito es penado con una cadena perpetua que comprende hasta 35 años de prisión”, dijo, y agregó que, por el simple hecho de no tener conocimiento de que la víctima era menor de 14 años, se configura sí o sí un delito de indemnidad sexual. Así mismo, a la agresión sexual con lesiones físicas, también se le impone al agresor la cadena perpetua.

Por su parte, el abogado Jacinto Ticona Huamán explicó que este delito se ha visto con más frecuencia en las instituciones educativas y espacios donde las personas mayores se ganan la confianza de los menores. Asimismo, cuando se produce el acto sexual vía engaño, de un menor de 18 años hacia otro menor de edad, también se encuentra reprimido. “Todos los menores de 18 años tienen esta protección a nivel de nuestra legislación”, señaló.

Asimismo, Colque Fernández dijo que, si una tercera persona conoce algunos hechos de violación sexual, no debe dudar en acudir a una dependencia policial para realizar una denuncia en contra de los presuntos agresores sexuales; bajo un proceso, se determinará la inocencia o culpabilidad de la persona.