Rafael Colque explica las implicancias legales del cohecho activo y pasivo, advirtiendo sobre las penas que acarrea este delito contra la administración pública
Rafael Colque Fernández, abogado especialista en derecho penal, en el espacio jurídico de Radio Onda Azul, abordó el tema: “Delitos contra la Administración Pública en la modalidad de cohecho o soborno”. En ese sentido, refirió que se presenta como cohecho activo y pasivo; el primero es de la persona que entrega y el pasivo, de quien lo recibe, que podría ser un funcionario o servidor público.
“El cohecho es un delito, donde se le impone una pena privativa de libertad mínima de 6 a 8 años y, en el caso del cohecho pasivo, es aún más, entre 6 a 10 años”, dijo y recomendó tener bastante cuidado a la ciudadanía que esté haciendo el alcance de una dádiva o la otra parte que la recibe.
El letrado puso de ejemplo a los ciudadanos que otorgan cierta cantidad de dinero a un efectivo policial para evitar recibir una multa por alguna infracción o de los funcionarios municipales o regionales que reciben dinero de personas naturales a cambio de ocupar un puesto laboral, entre otros casos similares.
Detalló que el proceso puede iniciar de parte del mismo funcionario público, que realiza una denuncia ante el Ministerio Público, o de una persona natural que vea un hecho en su entorno. “Para que se pueda acreditar fehacientemente, se pueden registrar videos, audios o imágenes, a efectos de probar la denuncia en contra del funcionario”, señaló.
Así mismo, dijo que la denuncia se puede realizar en una comisaría o ante el Ministerio Público, para dar inicio a un proceso judicial y obtener una sanción. “Lo que sucede en muchas municipalidades es que son corrompidas, deberíamos tener la obligación de comunicar inmediatamente para que se pueda sancionar a la otra parte”, explicó.