¡Evita conflictos legales! Abogado recomienda contratos de alquiler por escrito


Evita conflictos legales
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Consejos para evitar problemas de prescripción y proteger tanto al arrendador como al arrendatario

En el programa “Espacio Jurídico” de Radio Onda Azul, se abordó el tema ‘Los contratos de alquiler’, donde Carlos Ramírez, abogado especialista en casos civiles, mencionó que el Código Civil regula el tema del arrendamiento y lo define de la siguiente manera: el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien, por cierta renta convenida; donde el arrendador es el propietario del bien que dará en uso a un inquilino.

Dijo que el Código Civil regula el tema de los contratos, que pueden ser de manera verbal o escrita. “Muchas personas optan por el contrato verbal, donde se evitan gastos para que sea redactado por un abogado, legalizar las firmas ante un notario o elevarlo a escritura pública; el problema es que, cuando se llega a un conflicto de intereses por parte del inquilino, no hay forma de probar los acuerdos a los que se llegaron”, señaló.

Asimismo, dijo que lo básico que debe contener un contrato es tener bien identificadas las partes: el arrendador (propietario), arrendatario (inquilino) y el bien mueble o inmueble. Además, la contraprestación debe estar bien fijada, el monto que se pagará de manera anticipada o posterior al mes; las obligaciones del arrendador, que entregue el bien en buenas condiciones, y lo mismo por el arrendatario.

Por lo que recomendó estipular detalladamente las cláusulas dentro del contrato. Además, el plazo de tiempo deberá estar bien establecido, el cual no deberá exceder los 10 años. “Por el tema de la prescripción adquisitiva de dominio, es decir, la ley contempla que, cuando una persona posee un bien de forma pacífica y pública durante 10 años, puede prescribir el bien y hacerse propietario del mismo. Para evitar este tipo de problemas, es recomendable que sea por escrito”, dijo el letrado.