Las farmacias y boticas que no informen a la autoridad correspondiente sobre el stock disponible de medicamentos usados para el tratamiento del coronavirus, así como sus precios de venta, recibirán la multa de una UIT equivalente 4,300 soles.
Así lo dispone el Decreto Supremo 025-2020-SA publicado en el diario El Peruano. La norma actualiza la escala por infracciones y sanciones a los establecimientos farmacéuticos y no farmacéuticos.
Se precisa que cuando las farmacias y boticas no entreguen a la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) los datos del stock disponible de productos para el tratamiento del covid-19 serán multadas con 1 UIT. Sin embargo, si hubiera reincidencia la multa sería de 2 UIT; es decir, 8,600 soles.
Cuando haya incumplimiento por las farmacias de los establecimientos de salud privados, la multa será de 1 UIT; y cuando ocurra en farmacias de establecimientos de salud públicos, la multa será de 0.5 UIT.
Para el caso de las farmacias y boticas inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) la multa será de 0.5 UIT.
En el caso de las droguerías o laboratorios, la multa por incumplir con informar a la ANM ascenderá a 4 UIT es decir 17,200 soles.
Fuente: El Peruano