El expresidente cuestiona su permanencia en prisión luego de que el Poder Judicial cerrara el proceso por lavado de activos contra Keiko Fujimori y pide igualdad ante la ley
El expresidente de la República, Ollanta Humala, solicitó este miércoles que se revoque la condena en su contra por el delito de lavado de activos y se ordene su inmediata libertad, tras el archivamiento definitivo del caso ‘Cócteles’ que involucraba a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori.
A través de un comunicado difundido en sus redes sociales y atribuido al Penal de Barbadillo, Humala señaló que este 15 de enero cumplirá nueve meses de prisión por un hecho que, según indicó, tanto el Tribunal Constitucional como el Poder Judicial han determinado que no constituye delito. En ese sentido, cuestionó por qué continúa privado de su libertad y por qué su familia se ha visto obligada a abandonar el país.
El exmandatario denunció además que lleva una década afrontando un proceso por presunto lavado de activos, al que calificó de injusto y carente de pruebas y testigos. En esa línea, exigió igualdad ante la ley y el cese del acoso judicial en su contra y contra su familia.
Cabe recordar que el 15 de abril de 2025 se conoció el adelanto de sentencia que condenó a Ollanta Humala a 15 años de prisión por aportes irregulares a su campaña presidencial de 2006. La sentencia también alcanzó a su esposa, Nadine Heredia, quien se asiló en la Embajada de Brasil en Perú y posteriormente viajó a dicho país. La jueza Nayko Coronado Salazar determinó que ambos eran culpables del delito de lavado de activos agravado por presuntos aportes del régimen del fallecido Hugo Chávez.
En contraste, el último martes el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada dispuso el archivo definitivo del proceso por lavado de activos y organización criminal contra Keiko Fujimori, en el marco del caso ‘Cócteles’. El juez Wilson Omar Verástegui Gálvez ejecutó una sentencia del Tribunal Constitucional que estableció que los hechos imputados no tenían contenido penal, al considerar que la figura de “receptación patrimonial” fue incorporada al delito de lavado de activos recién en noviembre de 2016, por lo que su aplicación a hechos anteriores constituía una retroactividad prohibida por la ley penal.
Fuente: Rpp