El Sexto Juzgado Constitucional de Lima falla a favor del IDL y elimina restricciones que criminalizaban la defensa de derechos humanos y sometían a las ONG a la aprobación previa del Estado
El Sexto Juzgado Constitucional de Lima declaró hoy inaplicables los artículos de la ley 32301, conocida como ley APCI o “Anti ONG”, que imponían sanciones por litigar contra el Estado y requerían una “conformidad previa” de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional para que las ONG iniciaran sus actividades.
La sentencia responde a la demanda de amparo presentada en mayo pasado por el Instituto de Defensa Legal (IDL), que argumentó que la ley vulneraba la Constitución y los derechos humanos al limitar la defensa legal de las víctimas de violaciones graves. Con esta decisión, el Poder Judicial restablece el acceso a la justicia y la libertad de acción de las organizaciones de la sociedad civil en el país.