El abogado José Velón Jara, indicó que en caso persista el 30% de transitabilidad por parte de la población, el poder ejecutivo tiene la facultad de declarar toque de queda, el cual prohibirá de forma obligatoria el tránsito de personas por las calles.
Señaló, que las medidas optadas hasta el momento por el presidente de la república, son constitucionales, ya que tienen el objetivo de proteger a la ciudadanía de la propagación del coronavirus COVID -19.
Asimismo, explicó que la emisión del decreto supremo N° 044-2020 restringe dos derechos constitucionales como la transitabilidad, salvo de aquellas personas que tienen que trabajar en el sector salud, bancos y centros de abastecimientos de productos de primera necesidad.