Regidor sostiene que padrón electoral debió culminarse el 31 de julio del 2022, pero el comité electoral, presentó otro padrón más extenso en octubre, ocasionando la controversia
La resolución N° 362 del Jurado Nacional de Elecciones, que aprueba el reglamento en el marco de las elecciones en los centros poblados, en su artículo 10 indica que el “padrón electoral” es la relación de todos los ciudadanos hábiles para votar y comprende a quienes están registrados con su DNI, aunque el domicilio no esté consignado en el mismo, explicó Jorge Quispe, regidor de la Municipalidad Provincial de Puno.
Tras la organización de las elecciones en los centros poblados, se ha producido una discrepancia en este caso entre el Comité Electoral del centro poblado de Salcedo y la municipalidad de Puno, a través de la Subgerencia de Participación Ciudadana, encargada de este tipo de procesos, puntualizó.
Explicó que, de acuerdo al reglamento, el padrón electoral debió culminar el 31 de julio del presente año; sin embargo, el comité electoral, presentó otro padrón más extenso en el mes de octubre, lo que ocasionó la controversia.
En este nuevo padrón con los datos actualizados, se pudo observar que existe una modificación del 100% de empadronados, porque se evidencia un incremento de 4 mil a 9 mil ciudadanos inscritos, indicó.