Y la circulación de vehículos de servicio público
En Azángaro, por varias imprecisiones en el Decreto Supremo que emitió el gobierno central, autoridades municipales en sesión de consejo extraordinario, implementan la Ordenanza Municipal N° 005-2020-CM-MPA/SG, el cual fue aprobada y emitida ayer miércoles 18 de marzo.
Además, señalan que está completamente prohibido la apertura de establecimientos comerciales en la jurisdicción del distrito de Azángaro, por el periodo que dure la emergencia decretada por el gobierno central. Específicamente las ferreterías, restaurantes, licorerías, discotecas, cantinas, juguerías, pastelerías, jugueterías y otros similares.
A su vez, está prohibido la circulación de vehículos de servicio público y privado dentro de la jurisdicción del distrito de Azángaro con las excepciones de la norma nacional.
Así mismo, se encuentran exceptuados de la prohibición los establecimientos de servicio y de consumo como bodegas de expendio de abarrotes, verduras y frutas, así como establecimientos de expendio de alimentos para mascotas y animales domésticos; establecimientos de venta de gas y combustible, boticas y venta de productos de primera necesidad.