Abogado de víctimas del 9 de enero advierte riesgo de impunidad tras promulgación de la Ley 32735


Abogado de víctimas del 9 de enero advierte riesgo de impunidad

César Quispe Calsín sostuvo que la Ley N.° 32735 busca ampliar el fuero policial-militar y alertó que jueces y fiscales deberán aplicar el control de constitucionalidad para evitar que los casos por las muertes en las protestas sean apartados de la justicia ordinaria

El abogado de la Asociación de Mártires y Víctimas del 9 de Enero de Juliaca, César Quispe Calsín, advirtió que la reciente promulgación de la Ley N.° 32735, conocida como la «ley Rospigliosi», podría generar un escenario de impunidad en los procesos judiciales por las muertes registradas durante las protestas sociales de 2022 y 2023.

Durante una entrevista con Radio Onda Azul, el abogado sostuvo que la norma pretende ampliar el alcance del fuero policial-militar, lo que podría dar lugar a intentos de trasladar las investigaciones que actualmente se encuentran en la justicia ordinaria. Sin embargo, precisó que los hechos investigados no cumplen con todos los requisitos para ser considerados delitos de función.

Explicó que, si bien los presuntos responsables serían efectivos policiales o militares y los hechos ocurrieron durante actos de servicio, existe un tercer elemento indispensable que, a su criterio, no se configura: la afectación de un bien jurídico institucional de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional. En ese sentido, remarcó que la vida y la integridad de los ciudadanos no constituyen bienes jurídicos institucionales, por lo que estos casos no deberían ser derivados al fuero militar-policial.

Quispe Calsín indicó además que las investigaciones por las muertes ocurridas durante las protestas ya superaron, en varios casos, la etapa de investigación preparatoria y actualmente se encuentra en fase intermedia, donde el Ministerio Público viene formulando las acusaciones fiscales con miras al inicio de los juicios orales.

Respecto a las acciones que podrían emprenderse, señaló que una alternativa es presentar una demanda de inconstitucionalidad contra la norma; no obstante, expresó sus reparos sobre la actuación del Tribunal Constitucional. Por ello, consideró que la vía más efectiva será que jueces y fiscales apliquen el control de constitucionalidad y el control de convencionalidad, dejando de aplicar la ley cuando esta contradiga la Constitución y los tratados internacionales suscritos por el Estado peruano.