Ejecutivo oficializó la ley que da autonomía al Congreso y al Poder Judicial para designar sus propios procuradores públicos


Dina Boluarte
Foto: Dina Boluarte

La ley 31778 establece la autonomía del Congreso y Poder Judicial para designar a sus procuradores. Cabe indicar que está función antes se encontraba en manos de la Procuraduría General del Estado.

El Poder Ejecutivo oficializó, este miércoles la ley que da autonomía al Congreso de la República y al Poder Judicial para la designación de sus propios procuradores públicos. La reciente normativa del Gobierno de Dina Boluarte permitirá que las referidas instituciones puedan nombrar a profesionales para que ocupen dichos cargos.

Normativa fue publicada en el Peruano

La ley 31778 que fue publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece la autonomía constitucional de ambas entidades sobre la función que antes se encontraba en manos de la Procuraduría General del Estado.

«Ley que modifica el Decreto Legislativo 1326, decreto que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado para establecer la autonomía constitucional del Poder Legislativo y Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, con relación al procedimiento de designación de los procuradores públicos«, se lee en el documento publicado.

Ley 31778 fue aprobado en el Congreso

Cabe indicar que, la normativa fue aprobada por el Congreso de la República en segunda votación en mayo. En aquella ocasión, la Comisión de Constitución registró 64 votos a favor 41 en contra y 5 abstenciones respecto a la normativa en evaluación.

Procuraduría General del Estado pidió al Congreso evaluar la normativa

Debemos mencionar que, anteriormente la Procuraduría General del Estado pidió al Parlamento en la víspera de la evaluación de la normativa que reconsidere su aprobación. Según la postura del Procuraduría General del Estado, la medida atentaría contra el principio de acceso merocrático de dicho puesto.   

«Constituiría una ruptura del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, además colisionaría gravemente con el principio de acceso meritocrático al cargo de procurador público, así como a los principios de autonomía e independencia en el ejercicio de la defensa jurídica del Estado«, manifestó la entidad en ese entonces.

Fuente: La República