Incremento en la tarifa de agua potable está sujeto al Decreto Legislativo 1280


Fotografía: SEDAPAL

El coordinador regional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) en Puno, Javier Pineda Ancco, informó que el reajuste adicional en la tarifa por el servicio de agua potable, hasta en un 3.04% está sustentado en El Decreto Legislativo 1280, articulo 73, aprobado por el Congreso en el 2017.

“En la norma se indica que debe haber un reajuste automático de tarifas, cada vez que se acumule el índice de precios al por mayor en más del 3%”, declaró. Explicó que, la ley busca sostener la operatividad de la empresa de saneamiento, debido a que por múltiples factores los insumos que utiliza para producir agua potable suben su precio en el mercado nacional e internacional.

Además, dijo que este año es la primera vez que se realiza un reajuste en Puno y que la norma tiene condiciones para su aplicación. “Luego de la publicación del documento que aprueba el reajuste, la empresa debe aplicarlo al siguiente mes del ciclo de facturación, es decir desde el 31 de mayo”, agregó.

Finalmente dijo que está dispuesto a participar en las reuniones y/o invitaciones que le realicen para brindar información sobre el Decreto Legislativo. Estas declaraciones, las brindó al conocer que el próximo miércoles 5 de mayo, se pretende instalar una mesa de trabajo, para abordar el tema del incremento de la tarifa de agua.