Puno: No hay normativa legal que faculte una encargatura de rector por pandemia o fenómeno natural


UNA

“Se ha sentado mal precedente en la Universidad Nacional del Altiplano bajo la figura de encargatura” dijo Henry Catacora, asambleísta, al referirse sobre la ampliación de gestión por seis meses de las actuales autoridades universitarias.

De acuerdo a la Constitución Política, la ley 30220, el estatuto universitario y su reglamento, hay un vacío jurídico para la designación de rector y vicerrectores a falta de una elección por pandemia u otro fenómeno natural.

Lo que se debió prever es convocar a Asamblea Universitaria, para modificar el estatuto y el reglamento en referencia a voto virtual y elección ante amenaza de pandemia o fenómeno natural, luego se debió de tomar decisiones para encargar un gobierno transitorio.

“En qué artículo de las normas mencionadas se establece la figura de encargar a docentes ordinarios” dijo Catacora al precisar que las actuales autoridades son elegidas por cinco años y al día siguiente culminado su periodo son docentes ordinarios.