El máximo intérprete de la Constitución declaró nulo el proceso por lavado de activos al considerar que se vulneraron los principios de legalidad y tipicidad
El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por el expresidente Ollanta Humala y anuló el proceso penal seguido en su contra por presunto lavado de activos relacionado con los aportes a sus campañas electorales de 2006 y 2011. La decisión deja sin efecto la condena de 15 años de prisión que cumplía en el penal de Barbadillo.
El TC determinó que los hechos investigados no podían ser tipificados como lavado de activos, ya que al momento de su presunta comisión esa modalidad no estaba contemplada en la legislación penal. En consecuencia, declaró la nulidad de todo el proceso judicial, incluidas las resoluciones y la sentencia emitida en 2025.
Con este fallo, el órgano constitucional dispuso que el juzgado competente defina la situación jurídica del exmandatario tras ser notificado de la resolución, lo que permitirá su excarcelación. La decisión también beneficia a otros investigados en el mismo caso y sigue el criterio adoptado anteriormente en procesos vinculados a presuntos aportes irregulares de campañas electorales.