El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional, por mayoría, la ley 31131 que disponía la incorporación de los trabajadores con contrato CAS a los regímenes laborales 276 y 728. Al respecto el analista en temas laborales de la Dirección Regional de Trabajo, Liu Arias, dijo que, hay dos fundamentos que determinan la decisión de los magistrados. Una de ellas el valor de la meritocracia y la demanda económica al Estado.
“La ley dejaba de lado la meritocracia” dijo, al tiempo de precisar que el ingreso a la carrera de servicio civil de acuerdo a la Ley 30057, se debe incorporar trabajadores de los regímenes laborales 276, 728 y CAS.
Además, la ley demandaba gastos de aproximadamente 4 mil 200 millones de soles, el mismo que no está considerado en los presupuestos del Ejecutivo.
Sugiere que los trabajadores CAS deberían ser incorporados a la administración pública sin chocar con su presupuesto y meritocracia. “Debería coordinarse entre el Ejecutivo y Legislativo. Las instituciones que pasen al servicio civil, deben pasar por un mapeo de puestos de trabajo, elaborar documentos de gestión y convocar a las plazas” dijo Liu Arias.