Corte IDH: Perú debe abstenerse de implementar sentencia que restituye indulto a Fujimori


La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) resolvió que el Estado peruano debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (TC) que restituye el indulto, por razones humanitarias, al expresidente Alberto Fujimori.

La Corte ID, mediante un documento firmado el 7 de abril sobre la solicitud de medidas provisionales y supervisión de cumplimiento de sentencias sobre el caso Barrios Altos y caso La Cantuta Vs. Perú, resolvió cinco puntos.

Como primer punto, la supervisión específica relativa al indulto «por razones humanitarias» concedido a Alberto Fujimori, a través de la supervisión de cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

En el sengundo punto, la Corte IDH resolvió que el Estado del Perú debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú, el pasado 17 de marzo de 2022, que restituye los efectos al indulto «por razones humanitarias» a Fujimori.

Como tercer punto, el Estado peruano a más tardar el 13 de mayo de 2022, debe presentar un informe sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar en lo relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 17 de marzo de 2022.

El cuarto punto, señala que, se debe disponer que los representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana presenten sus observaciones al informe solicitado en el punto resolutivo anterior en los plazos de cuatro a seis semanas.

Finalmente, la Corte IDH dispuso que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Fuente: RPP