Declaran infundada la demanda interpuesta por Francisco Tapia Reyes en contra de la Universidad Nacional del Altiplano Puno


Edificio de la UNA Puno
Edificio de la UNA Puno

El bien inmueble de la avenida Ejército N° 329 es de propiedad de la UNA Puno

El Módulo Corporativo de Oralidad Civil de Puno, Tercer Despacho Especializado en lo Civil, a través de la Sentencia N° 139-2024, Resolución 12, declaró infundada la demanda de pretensión de pago de frutos, solicitada a la Universidad Nacional del Altiplano Puno, en consecuencia, la UNA Puno, no pagará ni un sol al ciudadano Francisco Edgar Tapia Reyes.

El ciudadano Francisco Edgar Tapia Reyes, demandó a la Universidad Nacional del Altiplano Puno, solicitando el pago de frutos civiles sobre el bien inmueble ubicado en la Av. Ejército N° 329, de propiedad de la UNA Puno, desde el 18 de setiembre del 2017 al 20 de junio del 2024, hasta por una suma de 2 millones 430 mil soles; es decir, 30 mil soles mensuales, alegando que es propietario del inmueble en mención.

Ante ello, la Universidad Nacional del Altiplano, a través de la Oficina de Asesoría Legal, presentó ante el juzgado correspondiente todos los documentos fehacientes donde demuestra que, el bien inmueble de la Av. Ejército N° 329 es de propiedad de la UNA Puno, y tras un minucioso análisis y valoración, el juzgado desestimó en todos los extremos la demanda de autos.

Se declaró infundada la demanda interpuesta por Francisco Edgar Tapia Reyes, en contra de la Universidad Nacional del Altiplano Puno, declarando, además, la conclusión del proceso, así como el archivo del expediente sin costos, ni costas, lo que demuestra que esta casa de estudios es propietario de este inmueble desde el año 1979 tras celebrar un contrato de compraventa del predio y sus construcciones con el demandante y propietario (en ese entonces) Francisco Edgar Tapia Reyes y esposa Regina Iglesias de Tapia, por un precio que alcanzó la suma de 27’ 488, 000.00, así demuestran todos los documentos.