Nivardo Enríquez Barriales, coordinador del módulo de atención defensorial de Juliaca, señaló que conforme a la ley orgánica de municipalidades 27972 se debe cumplir con las audiencias públicas de rendición de cuentas a la población.
Sostuvo que estas deben cumplirse de forma anual y regulada mediante una ordenanza municipal para informar sobre los logros, avances y dificultades de la gestión municipal, convocando oportunamente a la población.
Asimismo mencionó que esta audiencia va independientemente de la rendición de cuentas en el marco del presupuesto participativo por resultados o de las asambleas vecinales.