Puno: Ex procurador Anticorrupción: Sobre Walter Aduviri dijo que se aplicaría vacancia según la ley orgánica de gobiernos


Walter Aduviri

El ex procurador Anticorrupción en Puno, José Antonio Belón Jara, en entrevista con radio Onda Azul, señaló que, en el caso del prófugo gobernador regional de Puno, Walter Aduviri, cambia el panorama en su condición actual, ya que no se aplica el artículo 31 de la ley orgánica de gobiernos regionales, sino el artículo 30 que estipula la vacancia.

“Walter Aduviri esta con orden de captura, él va a dejar de asistir a tres sesiones consecutivas de forma injustificada, puesto que nadie podrá justificar una evasión a la justicia” dijo.

Asimismo manifestó que, en el panorama administrativo, al consejo regional le corresponde debatir la vacancia del gobernador regional Walter Aduviri debido a que, la inasistencia injustificada a tres sesiones del consejo regional es razón de vacancia.

“No creo que sea legal una licencia, porque una licencia no puede basarse en actos injustificados, una persona que esta prófuga a la justicia no puede decir que es justificada seria antijurídico” resaltó.

Belón Jara, refirió que la licencia tiene que ser por causales justificadas, porque el artículo 31 de la ley orgánica de gobiernos regionales solo establece 2 causales una por motivos de salud y otra por prisión preventiva y las dos ya están descartadas en el caso del gobernador regional.

Por otro lado, dijo que El artículo 23 del código penal establece la calidad de autoría y participación de cada persona en un evento y echo delictuoso, en este caso el código penal da tres posibilidades: ser autor directo, autor mediato y co autor. En el caso de Walter Aduviri se le procesó por haber cometido el delito de violencia y disturbios a través de terceras personas en el caso del “aymarazo”

Asimismo dijo que, él directamente no lo cometió, pero sí dio la idea, mecanismos, las formas a fin de que se cometan actos vandálicos en diferentes instituciones públicas. “El derecho penal establece ciertas bases jurídicas para que a través de indicios de diferentes actos indirectos en determinar que primero una persona se hace responsable de una masa” puntualizo

Un segundo indicador en cuanto a pruebas físicas contundentes, hay declaraciones testimoniales videos y audios en los que se determina que Walter Aduviri indirectamente incita a tomar locales, sin tomar las precauciones de que eso puede desbordar y puede generar a través de la masa social que vaya cometerse los delitos de disturbios y violencias.

Es ilógico que el gobernador regional tenga que decir no hay una prueba directa, obviamente para condenar a una persona, por ser el tercero no se necesita pruebas directas, porque el derecho penal se remite a las pruebas indirectas e indicios que se suman a estos fragmentos probatorios que determina la responsabilidad el gobernador regional.

Finalmente dijo que Walter Aduviri al ser capturado será inmediatamente trasladado a un centro penitenciario, para luego iniciar el computo de la condena de 6 años y se hace efectiva la sentencia.